Confirman detención a dos jueces y un fiscal tras denuncia de la familia Acosta
Contra la decisión de hoy no procede recurso alguno.
El Juez Sexto Penal del Circuito, Farid West, confirmó la medida de detención domiciliaria impuesta en primera instancia por el Juez Promiscuo Municipal de Galapa, Venancio Garcia - Solis a los jueces Rafael de Jesus Uribe Henríquez y Alberto Oyaga Machado, así como al Fiscal 56, Gustavo Orozco Pertúz, tras las denuncias presentadas en su contra por la familia Acosta, dentro del proceso de la Universidad Metropolitana.
Al resolver las apelaciones que fueron interpuestas frente a la decisión de primera instancia, el Juez West consideró que el fallo del Juzgado de Galapa resulta suficiente para garantizar que no se presentarán eventos que constituyan una obstrucción al debido ejercicio de la justicia.
Sobre todo, reiteró, si se tiene en cuenta que la medida de aseguramiento de la libertad impuesta está acompañada de otra no privativa que les impide a los jueces Primero y Trece Municipal con funciones de control de garantías. Alberto Oyaga Machado y Rafael de Jesús Henrìquez, respectivamente, al igual que el Fiscal 56, Gustavo Orozco Pertúz, tener acceso a los despachos judiciales donde presuntamente ocurrieron los hechos denunciados por la familia Acosta Bendek.
Es de recordar que en la audiencia ante el Juez Promiscuo Municipal de Galapa, el Fiscal 90 Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá, Germán Arias Cortés, formuló la imputación a los tres funcionarios judiciales por los delitos de prevaricato por acción y fraude procesal.
Fue así como, en la primera instancia, en cuanto al probable delito de prevaricato por acción, en el caso del Fiscal Gustavo Orozco Pertuz, el Juez concluyó que sus actuaciones indican que tenía un interés más allá del profesional e institucional.
En uno de los casos, recalcó, Orozco Pertuz asistió a una audiencia tomándose atribuciones como Fiscal cuando realmente no estaba no estaba representando a la entidad ya que le habían retirado dicha competencia en el proceso.
En torno al Juez Rafael Uribe Henríquez señaló que invadió todas las normas relativas a las competencias. Concretamente, al cobijar con medida de detención a un aforado (Luis Fernando Acosta Osío) cuando éste gozaba de fuero por su condición de diplomático.
Además, desconoció las normas del derecho civil al ordenar un restablecimiento del derecho cuando ya se tramitaba otro proceso para el mismo fin.
Adicionalmente, agregó el Juez en su oportunidad, invadió la órbita de la autonomía universitaria, sin tener competencia para ello.
En esencia, enfatizó, el Juez Uribe Henriquez cumplió funciones que le estaban vedadas, para cometer conductas irregulares y adoptar decisiones injustificadas.
Y en el caso del Juez Alberto Oyaga Machado dijo que tomó decisiones contrarias a la ley y sin tener en cuenta las garantías constitucionales.
Específicamente, se refirió a su decisión de continuar una audiencia de imposición de medida de aseguramiento a miembros de la familia Acosta Bendek, a pesar de que un Comité Técnico - Jurídico de la Fiscal había determinado que existía atipicidad absoluta de delitos en el proceso de la Fundación y que la justicia civil se encargara del caso.
Previamente, con base en ese mismo concepto del Comité Técnico - Jurídico, la Fiscal 58 que había sustituido al Fiscal 56 (Gustavo Orozco Pertuz) en este proceso, puso la situación en conocimiento del Juez y retiró la solicitud de medida de aseguramiento.
En concreto, en ese momento lo que procedía era la terminación de la audiencia, pero Oyaga Machado no actuó de esa manera e impuso la medida de aseguramiento, según advirtió el despacho judicial el pasado 18 de enero en este año. Recalcando que en dicha oportunidad la Fiscal 58 llegó con una posición institucional de la Fiscalía, pero Oyaga Machado actuó de manera dolosa y sin mayores reparos la desechó y expidió las órdenes de capturas.
Por otra parte, en cuanto al probable delito de fraude procesal, el Juez Venancio García - Solis dijo que los tres funcionarios judiciales adoptaron decisiones contrarias a la ley, incurriendo en un hecho punible, por cuanto existe relación entre el probable autor y el hecho ilícito.
En esa oportunidad también fue cuestionada la conducta de Alberto Oyaga Machado por la mala utilización de un celular que le fue permitido para comunicarse con sus familiares y abogados para armar la defensa.
Concretamente, Oyaga Machado lanzó un alerta infundada a través de un grupo de Whatsapp integrado por funcionarios de la Rama Judicial, al manifestar que tras su captura los demás jueces estaban en peligro, incurriendo en una manipulación de potenciales testigos, hizo notar el Juez de primera instancia.
Este lunes, el Juez Farid Wst confirmó, en todas sus partes, el fallo de primera instancia, por lo cual los tres funcionarios judiciales se mantendrán cobijados con la medida de aseguramiento consistente en detención domiciliaria.